5 nov 2009

CIF (COSTO SEGURO Y FLETE)

Significa que el vendedor entrega la mercadería cuando esta sobrepasa la borda del buque en el puerto de embarque convenido.

El vendedor debe pagar los costos y el flete necesarios para conducir las mercaderías al puerto de destino convenido.

En condiciones CIF el vendedor debe también contratar un seguro y pagar la prima correspondiente, a fin de cubrir los riesgos de pérdida o daño que pueda sufrir la mercadería durante el transporte.

El comprador ha de observar que el vendedor está obligado a conseguir un seguro sólo con cobertura mínima. Si el comprador desea mayor cobertura necesitará acordarlo expresamente con el vendedor o bien concertar su propio seguro adicional.

El término CIF exige al vendedor despachar las mercaderías para la exportación.

Este término puede ser utilizado sólo para el transporte por mar o por vías navegables interiores.

Obligaciones del Vendedor.

*Entregar la mercadería y documentos necesarios
*empaque y embalaje
*Flete (de fábrica al lugar de exportación)
*Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos)
*Gastos de exportación (maniobras, almacenaje, agentes )
*Flete y seguro(de lugar de exportación al lugar de importación)

Obligaciones del Comprador.

*Pago de la mercadería
*Gastos de importación (maniobras, almacenaje, agentes )
*Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos)
*Flete y seguro (lugar de importación a planta)
*Demoras
FUENTE:http://www.businesscol.com/comex/incoterms.htm

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